Acampada Semana Santa «José Eduardo Gil Rebollo»
Parque de ocio José Eduardo Gil Rebollo.
28 Feb, 2024

D. EDUARDO JORGE DOLÓN SÁNCHEZ, ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO.

AYUNTAMIENTO DE TORREVIEJA, de conformidad con lo dispuesto en el Art.124.4.g,

de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por medio

del presente, a todos los vecinos del Municipio, HAGO SABER:

1º Que la Ordenanza Reguladora de Zonas Verdes, Áreas Naturales y Arbolado Viario,

establece en su Art.44 “Organización de actos públicos o privados”, que “Los lugares

a que se refiere la presente Ordenanza, no podrán ser utilizados para actos públicos o

privados, que puedan entorpecer el uso normal de las zonas verdes o naturales, sea cual

sea su naturaleza (deportivo, comercial, político, artístico, etc.) sin el conocimiento y la

consiguiente licencia por parte del Ayuntamiento.”

2º Que la competencia para otorgar las licencias mencionadas en dicho Art.44 de la

Ordenanza Reguladora de Zonas Verdes, Áreas Naturales y Arbolado Viario, es de la

Junta de Gobierno Local.

3º Que el plazo de solicitudes para obtener las autorizaciones correspondientes a la

acampada, que se realiza en el ÁREA RECREATIVA MUNICIPAL “JOSÉ EDUARDO

GIL REBOLLO” en Semana Santa, finaliza el próximo día 18 de marzo de 2024, para

su posterior tramitación por el Órgano antes mencionado. El período de acampada será

desde el día 27 de marzo de 2024, hasta el 8 de abril de 2024, ambos inclusive.

Dicha autorización deberá realizarse, mediante solicitud específica, en la sede

electrónica del Ayuntamiento de Torrevieja (torrevieja.sedelectronica.es).

4º Dicha autorización tiene las siguientes limitaciones:

a) La realización de cualquier actividad que produzca molestias o perjuicios a los

usuarios de las zonas de ámbito de la Ordenanza Reguladora de Zonas Verdes, Áreas

Naturales y Arbolado Viario (En adelante ORZVANAV).

b) El deterioro de elementos artificiales como son los juegos infantiles y el mobiliario

de las zonas de ámbito de esta ORZVANAV.

c) Lo dispuesto en la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica por

Ruidos y Vibraciones.

d) Esta autorización queda sujeta a la firma de la Declaración responsable.

Hacemos constar que según lo establecido en la “Ordenanza Reguladora de Zonas

Verdes, Áreas Naturales y Arbolado Viario”, aprobada por el Ayuntamiento pleno con

fecha 26 de julio de 2013, se deberá cuidar el entorno y su limpieza, siempre bajo la

supervisión y evaluación de daños del encargado del mantenimiento de la plaza, el cual

emitirá un informe de los daños ocasionados, si los hubiese, de los que deberán hacerse

cargo los solicitantes posteriormente.

Es lo que se hace público con carácter general y se pone en conocimiento de

todos los vecinos y vecinas de Torrevieja.

Fdo. D. Eduardo Jorge Dolón Sánchez. Alcalde-Presidente

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